El  7 de junio de 2002 el Consejo de Ministros remitió a las Cortes Generales el PROYECTO DE LEY de la sociedad limitada nueva empresa, por la que se modificaba la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de sociedades de responsabilidad limitada y se recogía el modelo de estatuto de la Sociedad Limitada Nueva Empresa. Por su interés reproducimos literalmente el texto que se aprobó:

  • Tiene como objetivo que una empresa pueda constituirse en 48 horas.
  • Se reducen formularios y se emplearán procedimientos telemáticos de constitución.

Madrid, 7 de junio de 2002

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley que regula el Estatuto de la Nueva Empresa, elaborado por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Economía, y elemento central del Proyecto del mismo nombre que permitirá la constitución de nuevas sociedades de manera sencilla y rápida, y con un plazo de 48 horas.

El Estatuto de la Nueva Empresa introduce a los emprendedores en un régimen jurídico societario muy sencillo que les ayuda a crecer como empresarios en el marco del Derecho de Sociedades y les garantiza la separación del patrimonio personal del empresarial, sin merma de la seguridad jurídica.

Especialidad de la Sociedad de Responsabilidad Limitada

El Proyecto de la Nueva Empresa se dirige a las empresas más pequeñas (microempresas y autónomos), porque constituyen la columna vertebral de la economía española y son claves en la creación de puestos de trabajo. Las estadísticas muestran que son precisamente las sociedades formalmente más sencillas, las sociedades de responsabilidad limitada las que presentan una menor tasa de mortandad.

En este sentido, la norma toma como base la fórmula jurídica de responsabilidad limitada que se ha simplificado y enriquecido para adaptarla a las características específicas de las empresas más pequeñas, configurándose como especialidad de la Sociedad de Responsabilidad Limitada. A este respecto, se ha introducido un nuevo Capítulo y cinco Disposiciones Adicionales a la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Solo Personas Físicas

En el momento de su constitución, los socios de la nueva empresa sólo podrán ser personas físicas, hasta un total de cinco. La denominación social es única e inequívoca y se compone del nombre y apellidos de uno de los socios más un código alfanumérico, incluyendo la mención Sociedad Limitada Nueva Empresa o su abreviatura SLNE.

Objetivo cuarenta y ocho horas

El Estatuto establece un nuevo procedimiento de constitución telemático que produce una espectacular reducción de tiempos y trámites permitiendo constituir la sociedad con un objetivo de cuarenta y ocho horas, frente a los treinta a sesenta días actuales. Para ello el Ministerio de Justicia elaborará unos estatutos sociales orientativos.

Esto ha sido posible gracias al compromiso que han asumido Notarios y Registradores Mercantiles para la agilización, tanto del otorgamiento de las escrituras públicas de estas nuevas sociedades, como a la posterior calificación registral de las mismas. Se mantiene, además, el procedimiento tradicional que también se beneficia de la simplificación en cuanto a reducción de tiempos de respuesta de notarios y registradores se refiere.

Ambos colectivos han asumido completamente el espíritu simplificador de este Proyecto que sitúa a España a la vanguardia de los países europeos.

Duración ilimitada

Otras de las novedades que presenta el texto del Proyecto de Ley es que elimina la limitación a tres años del Estatuto de la Nueva Empresa, describe unos órganos sociales de fácil funcionamiento y convocatoria adaptados al uso de las tecnologías de la información y comunicaciones y establece un capital social mínimo de 3.012 euros y uno máximo de 60.096 euros

Red CIRCE

El Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), se configura como una red de Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT), en los que se asesore y preste servicios a los emprendedores, tanto en la gestación, tramitación administrativa y puesta en marcha de sus iniciativas empresariales, como durante los primeros años de actividad de las mismas.

En virtud del Estatuto de la Nueva Empresa, el servicio PYME. Área de Información, del Ministerio de Economía, y las Ventanillas Únicas Empresariales (VUE) tienen la consideración de PAIT. Podrán adherirse a la red aquellos organismos, pertenecientes o no a las Administraciones Públicas y sin ánimo de lucro, relacionados con la creación de empresas mediante la firma de un convenio.

Documento Único Electrónico

El Documento Único Electrónico (DUE) es un instrumento concebido para agrupar todas aquellas informaciones necesarias para la realización telemática de los trámites administrativos de constitución de aquellas sociedades que se acojan al Estatuto de la Nueva Empresa.

Así, el Documento Único Electrónico constituye el elemento básico para materializar el Sistema de Tramitación Telemática (STT) propuesto en el Proyecto Nueva Empresa. Las principales innovaciones que presenta el DUE son:

  • Reduce notablemente los formularios que deben cumplimentarse.
  • Reduce el número de visitas a realizar por el emprendedor.
  • Se trata de un instrumento de naturaleza electrónico-telemática.

Recomendaciones de la Unión Europea y la OCDE

La Nueva Empresa es un proyecto del Gobierno que tiene por objeto estimular la creación de empresas, especialmente las de pequeña dimensión, dado su gran peso en la economía nacional, proporcionando una respuesta adaptada a la realidad de nuestro tejido empresarial, a través de las siguientes medidas:

  • Puesta en marcha de las empresas de un modo más rápido y menos costoso.
  • Mejora de la legislación y la reglamentación relativa a la creación de empresas.
  • Agilización de las relaciones entre la Administración y las empresas.

En España existían en 2002 2.600.000 empresas. De ellas, el 99 por 100 son pequeñas y medianas y generan el 78 por 100 del empleo. De ellas, el 64 por 100 son personas físicas, el 54 por 100 no tienen asalariados y el 93,95 por 100 son microempresas (hasta diez trabajadores)

En 2016 en España se crearon más de 100.000 sociedad mercantiles. De ellas 98.824 fueros Sociedades Simitadas (SL)y 53 únicamente Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE).  Los datos hablan por si solos.

Con el proyecto Nueva Empresa el Ministerio de Economía adoptó las Recomendaciones sobre creación de empresas realizadas tanto por la Unión Europea como por la OCDE. En concreto, dichas Recomendaciones corresponden al Consejo Europeo de Lisboa (marzo 2000), a la Carta de Feira (junio 2000), a la Resolución del Parlamento Europeo sobre la estrategia para el pleno empleo (2002/0079), a la Conferencia de Ministros de PYME celebrada en Aranjuez (febrero 2002), y al Consejo Europeo de Barcelona (marzo 2002). Más de 10 años después vemos que estas medidas no se correspondían con una necesidad de los emprendedores o al menos no en la forma en que se instrumentó.

La parte positiva con la que nos podemos quedar es que ello supuso la creación de la red CIRCE, hoy integrados por los PAE (Puntos de atención al emprendedor) que posibilitan la constitución de sociedades de forma telemática de forma rápida, utilizado en la actualidad sobre todo para las altas de autónomos y para la creación de sociedades limitadas, ya que otros tipos societarios no están todavía habilitados a fecha de febrero de 2018.

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Amparo González

Amparo González

Abogada. Empecé a mediados de los 90 a crear empresas, a ayudarlas a prevenir problemas y a solucionarlos, si era necesario. Casi 30 años después las cosas no han cambiado tanto, salvo tecnológica y legalmente, y aquí seguimos para ayudar a emprendedores y profesionales de la asesoría.
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