En esta entrada pasamos a detallar los trámites para la constitución de la Sociedad Limitada (SL). Los trámites indicados para constituir una SL son comunes para el caso de que la sociedad a constituir sea una Sociedad Anónima (SA), adaptados, eso sí a las características propias de este tipo de sociedad (Estatutos, capital social, etc).
En el primer bloque de trámites se trata casi en exclusiva de los pasos para constituir la SL (o SA)propiamente dicha, es decir, del proceso que lleva a que las escrituras queden inscritas en el Registro Mercantil provincial correspondiente. En un segundo bloque hablamos de los trámites fiscales y laborales que nos permiten empezar a facturar y a contratar trabajadores. Finalmente hacemos mención a trámites complementarios como el del Certificado Digital o Ayuntamiento y a trámites específicos en función de la actividad.
Queremos en este punto hacer especial hincapié en este punto en la importancia de obtener el Certificado Digital desde el primer momento, aunque sea el de persona física, ya que ello nos evitará más de un desplazamiento, al poder identificarnos con el telemáticamente para otros trámites como sería el de la obtención de Certificado Digital de representante de la nueva Sociedad Limitada.
Apuntar que durante 2020, en parte debido al estado de alarma por la pandemia del Covid19, se ha facilitado la identificación telemática para la obtención del certificado y se han habilitado a gran cantidad de operadores privados, como asesorías, colegios profesionales, etc para poder obtenerlo de una forma más ágil y sencilla, a cambio, eso si, de un coste ligeramente superior.
INDICE DE CONTENIDOS
- Trámites para la constitución de la Sociedad Limitada
- PASO 1. Certificación negativa del nombre
- PASO 2. Certificación depósito capital social
- PASO 3. Estatutos + Escritura constitución
- PASO 4. NIF Provisional/Alta censal
- PASO 5. Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD)
- PASO 6. Inscripción de la escritura de constitución.
- TRÁMITES ADICIONALES
- PASO 7. Nif defintivo/Inicio habitual de actividades
- PASO 8. Alta autónomos, CCC, trabajadores, contratos, apertura centro de trabajo
- OTROS TRÁMITES
- Comunes y complementarios dependiendo de actividad
- CERTIFICADO DIGITAL
- AYUNTAMIENTO
- TRÁMITES ESPECÍFICOS
- ¿Y cual es el coste de crear una sociedad limitada o una sociedad anónima?
- Infografia esquema trámites SL y SA
ACERCA DE LA POSIBILIDAD DE TRAMITACIÓN TELEMÁTICA SIMPLIFICADA PARA S.L.
Antes de empezar con los trámites propiamente dichos es necesario indicar, que para la Sociedad Limitada (tambien para la Sociedad Limitada Nueva Empresa y la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva) existe la posibilidad de constitución con tramitación telemática simplificada a través de internet, de forma personal o a través de un punto PAE (Punto de Atención al Emprendedor). De esta forma, prácticamente todos los trámites que señalamos más abajo (1 al 8) se unifican en uno solo mediante lo que se denomina DUE (Documento Único Electrónico).
Aparte de mayor rapidez en la constitución, ya que se agrupan todos los trámites en uno, de esta forma los costes de Notaría y Registro Mercantil son más económicos también si se cumplen una serie de condiciones (estatutos, socios personas físicas, órgano de administación,etc), pero acerca de la tramitación telemática hablaremos en otro artículo.
Señalar finalmente que para el resto de Sociedades (Anónima, Laborales, Cooperativas, etc) a fecha de publicación de este artículo no existe la posibilidad de tramitación telemática, salvo de forma individual, para alguno de los trámites (Denominación social, hacienda, seguridad social, por ejemplo).
Trámites para la constitución de la Sociedad Limitada
A continuación ofrecemos los pasos para crear una sociedad limitada (o anónima) ordenados cronológicamente.
PASO 1. Certificación negativa del nombre
DONDE: Registro Mercantil Central
- Debemos comprobar que la denominación social que se pretende para la Sociedad no figura inscrita
Para agilizar el proceso se ha creado una bolsa de denominaciones de asignación inmediata - La reserva de la denominción debe hacerla uno de los socios y se mantiene durante 6 meses
- La vigencia para otorgar la escritura es de 3 meses renovables
- El coste de la certificación es de alrededor de 14 euros+ IVA. Las consultas previas de disponibilidad de nombres tienes costes de alrededor de 3,5 euros + IVA
Se puede obtener por internet en la web del Registro Mercantil Central
DONDE: Entidad bancaria
- Depositar en la entidad bancaria el importe del capital social y obtener la certificación acreditativa del importe desembolsado, con indicación de las personas que lo realizan y la cuantía.
- Hay que tener en cuenta que no se podrá disponer del capital depositado hasta que la sociedad esté inscrita en el Registro Mercantil de la provincia correspondiente.
PASO 3. Estatutos + Escritura constitución
DONDE: Notaría
- Las certificaciones anteriores deberán unirse junto a los Estatutos sociales y los datos personales de los socios fundadores para que, ante Notario, se firme la escritura de constitución.
- Es conveniente asesorarse previamente en la elaboración de los estatutos ya que son las normas internas que van a regir la vida de la sociedad.
Puedes localizar a un notario a través de la web Notariado.org
PASO 4. NIF Provisional/Alta censal
DONDE: Agencia Tributaria
- Junto a la escritura de constitución y fotocopia del DNI del representante de la sociedad podemos pedir el NIF provisional mediante el modelo 036.
- En el mismo acto podríamos comunicar el inicio de actividades o la declaración previa al inicio para poder deducirnos el IVA de gastos e inversiones.
- Si se estuviera obligado al pago del IAE también sería el momento de realizar el alta.
Más información y trámites en la web en la sede electrónica de la web de la Agencia Tributaria
PASO 5. Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD)
DONDE: Hacienda Comunidad Autónoma
- Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentado, en la modalidad de Operaciones societarias, (Modelo 600)
- El plazo es de 30 días a partir del otorgamiento de la escritura de constitución
- Necesario acompañar copia simple de la escritura de constitución y fotocopia de la tarjeta del NIF de la empresa
Puedes acceder a la web de tu comunidad autónoma para ampliar información sobre este impuesto pulsando aquí
PASO 6. Inscripción de la escritura de constitución.
DONDE: Registro Mercantil Provincial
- Presentación de la escritura de constitución en el Registro Mercantil Provincial correspondiente al domicilio social de la empresa.
- Conviene adjuntar a la escritura ejemplar para el interesado del modelo 600 para que el registrador pueda conocer el NIF.
- El plazo de inscripción es de unos 15 días, aunque se puede solicitar tramitación urgente.
- En este paso una vez recogida la escritura inscrita puede aprovecharse para pedir la certificación del cargo de administrador para poder obtener el certificado digital, útil y necesario para muchos trámites con la administración (19 euros + IVA aprox) .Este trámite puede realizarse también online en la web de registradores.org con un coste un poco más elevado (25 euros + IVA)
Puedes localizar el Registro Mercantil de tu provincia pulsando aquí
TRÁMITES ADICIONALES
PASO 7. Nif defintivo/Inicio habitual de actividades
DONDE: Agencia Tributaria
- Se solicita el Nif (antes CIF) definitivo aportando la escritura ya inscrita
- Se puede pedir por internet a través de la web de la Agencia tributaria si se tiene certificado digital o hacerlo a través de un asesor/gestor que sea colaborador y disponga de dicho certificado.
- En el mismo acto se puede comunicar el inicio habitual de actividades si anteriomente se dio el alta previa para ir deduciendo el IVA de gastos e inversiones
Más información y trámites en la sede electrónica de la web de la Agencia Tributaria
PASO 8. Alta autónomos, CCC, trabajadores, contratos, apertura centro de trabajo
DONDE: Seguridad Social / SEPE / INSP. PROVINCIAL TRABAJO
- En este momento del proceso podemos proceder a dar de alta al representante/s en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.. Recomendamos leer el siguiente artículo en el que tratamos más detalladamente el tema del encuadramiento de los socios y administradores de sociedades mercantiles.
- A la vez solicitaremos el Código de Cuenta de Cotización de la empresa y daremos de alta a los trabajadores en el régimen correspondiente.
- A través del SEPE se comunicarán los contratos laborales.
- En la Inspección Provincial de Trabajo se procederá a comunicar la apertura del centro de trabajo.
- Para comunicar la apertura del centro de trabajo es necesario presentar el Plan de Prevención de Riesgos Laborales o en su defecto la concertación del servicio con un Servicio de Prevención Ajeno
OTROS TRÁMITES
Comunes y complementarios dependiendo de actividad
CERTIFICADO
DIGITAL
AYUNTAMIENTO
TRÁMITES ESPECÍFICOS
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- Crowdfunding, una oportunidad para ti - 04/04/2018
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