La fiscalidad en una de las áreas que más suele preocupar en las empresas. Es un área clave fundamentalmente por dos razones. La primera de ellas es la incidencia que tiene en la cuenta de resultados de la empresa y en la gestión financiera y de tesorería. La segunda es porque una incorrecta gestión en este área puede dar lugar no solo a sanciones por parte de hacienda, sino también a inspecciones con las molestias que eso ocasiona en el funcionamiento normal de la empresa.
Dentro del sistema fiscal español y hablando de actividades empresariales tenemos unas figuras impositivas que destacan sobre el resto. El impuesto de sociedades, el impuesto sobre la renta para las actividades económicas de empresarios individuales y el impuesto del valor añadido (IVA) son los principales impuestos que las empresas se encuentran en su día a día. Si cabe, el impuesto más problemático por su densidad, casos y numerosas interpretaciones es el IVA, en nuestra opinión. Citar también que el sistema de retenciones y pagos a cuenta del impuesto de sociedades y del impuesto de la renta son dos derivadas más que surgen en el día a día de las empresas y que pueden suponer desembolsos importantes, en función del tipo de actividad, número de trabajadores o volumen de beneficios.
Existen otros impuestos que también son aplicables en actos concretos. Algunos de ellos serían el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITPAJD) gestionado por las Comunidades Autónomas o el IBI, el IAE y el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU) de cuya recaudación se ocupan los ayuntamientos. Otros son aplicables en determinadas actividades como pueden ser los impuestos especiales que recaen sobre carburantes o sobre el alcohol o tabaco.
En esta sección iremos dedicando artículos tanto a los mencionados impuestos como a cuestiones de procedimiento vinculados al proceso de recaudación y gestión de impuestos, incluyendo, como no, algunos post acerca del proceso de comprobación e inspección por parte de la Agencia Tributaria.