Quien mĆ”s, quien menos todos los que como emprendedores tienen que levantarse cada dĆa para seguir peleĆ”ndose contra la morosidad de sus clientes, la āracanerĆaā de los bancos con los que trabajan o contra las , en ocasiones injustificadas, reclamaciones de sus trabajadoresĀ nunca hubieran pensado que en estos tiempos que corren tendrĆan ademĆ”s que protegerse de otro factor: el descarado y ya ni siquiera disimulado objetivo de la AdministraciĆ³n de sangrar a las empresas dando una vuelta de tuerca a los planes de actuaciĆ³n.Y lo peor de todo es que no se sabe bien por quĆ©, este tipo de medidas que, como otras muchas se publica en el BOE,ni siquiera es objeto de comentario por parte de los medios de comunicaciĆ³n.
El BOE nĀŗ 16, de 19 de enero de 2010 publicĆ³ la āResoluciĆ³n de 12 de enero de 2010 de la DirecciĆ³n General de la Agencia Estatal de AdministraciĆ³n Tributaria por la que se aprueban directricesĀ generales del Plan General de Control Tributario 2010ā. Bajo este aparentemente inocuo tĆtulo lo que se estaba anunciando, con el pretendido objetivoĀ Ā del control de los incumplimientos tributariosĀ y lucha contra el fraude fiscal -que de ser cierto serĆa loable-, es una baterĆa de medidas y actuaciones que van a llevarse a cabo frente a colectivos muy especĆficos respecto de los que no parece existir la presunciĆ³n de inocencia. Algunos de esos colectivos incluidos en las actuaciones de control intensivo son:
-Las empresa incluidas en el Registro de Operadores Intracomunitarios y en el Registro de DevoluciĆ³n mensual;
-los profesionales;
-quienes tributan en el rĆ©gimen de estimaciĆ³n objetiva
Resulta muy significativo a estos efectos comprobar la denominaciĆ³n de los programas que conforman el Plan de 2010 ā Control pymeā, ā control de profesionalesā, ā control de sociedades y sociosā, entre otros.
Estas medidas no iban a ser las Ćŗnicas. Efectivamente el Consejo de Ministros, en su sesiĆ³n del 9Ā de marzo de 2010 aprobĆ³ elĀ āPlan Integral de PrevenciĆ³n y CorrecciĆ³n del FraudeĀ fiscal, laboral y de Seguridad SocialāĀ con el que, segĆŗn la propia nota de prensa de la Agencia TributariaĀ se pretende recaudar el equivalente al 0,1% del PIB en 2013.
La lectura de las 116 pĆ”ginas del Plan resulta recomendableĀ para que nadie se lleve a engaƱo pero, dado que el tiempo es oro y debemos administrarlo bien, vamos a intentar resumir dicho documento.
1Āŗ.- El plan se basa en laĀ colaboraciĆ³n de las tres administraciones, AEAT, TGSS e ITSS, es decir, Hacienda, Seguridad Social e InspecciĆ³n de Trabajo y Seguridad SocialĀ y dicha colaboraciĆ³n se concreta en el uso compartido de informaciĆ³n y acciones conjuntas.
2Āŗ.- Como medidas concretas de actuaciĆ³nĀ se contemplan los siguientes controles, es decir inspecciones: de los subcontratistas a quienes incluso se prevĆ© eliminar del registro en el que deben estar inscritos; del consumo de gasĆ³leo bonificadoĀ que afecta especialmente a agricultores y transportistas;Ā de los trabajadores falsamente autĆ³nomos, persiguiĆ©ndose las altas en el RETA que hayan estado precedidas de baja en el RĆ©gimen General de la Seguridad Social siempre que las condiciones de trabajo no hayan variado;Ā de las nuevas empresas que no tengan ingresos en los primeros meses;Ā de las bonificaciones por contrataciĆ³n;Ā de la jornada laboral a efectos de descubrir la posible existencia de horas extraordinarias no retribuidas o retribuidas sin cotizaciĆ³n;Ā de las situaciones de IT;Ā del encuadramiento de empresas y trabajadores de actividades docentes y centros de enseƱanza profesional no reglada;Ā de la falta de cotizaciĆ³n por atrasos en convenio; de las retribuciones no prorrateadas, como puede ser el caso de los bonus;de los centros sanitarios privados, al objeto de comprobar el adecuado encuadramiento en el rĆ©gimen correspondiente de Seguridad Social de todo el personal, especialmente de los profesionales sanitarios; control de los comercios minoristas del tipo ātodo a 100ā.
En definitiva, queĀ todos los sectores estĆ”n en el punto de mira, pero de manera destacada:
- Los centros sanitarios privados
- Los centros de enseƱanza profesional no reglada
- Los comercios minoristas de alimentaciĆ³n y del tipo ātodo a 100ā
- Las empresas de transporte
- El sector agrĆcola.
- Los profesionales.
Como no podemos permitirnos tirar la toalla, ni plantear una huelga de los empresarios, la mejor recomendaciĆ³n que podemos hacer es la de siempre: seguir cumpliendo con las obligaciones, buscar ayuda de los profesionales y si todavĆa no hemos iniciado la andadura de una aventura empresarial ser algo mĆ”s que realistas con las previsiones del plan de negocio para prever que nos afecten las incidencias recaudatorias comentadas.
No estamos en contra de que se luche contra el fraude,Ā lo queĀ no podemos compartirĀ es que el punto de mira de laĀ AdministraciĆ³n se centre en colectivos que ya tienen bastante complicado mantener a flote sus pequeƱos negociosĀ que, en muchos casos, dan para unĀ pequeƱo sueldo para el titular, que no siempre cobra, ya que es el primero que se suprime o baja el salario cuando hay dificultadesĀ y deben pagarse otras deudas o al resto de empleados. No hace falta recordar el porcentaje que esta tipologĆa de empresas supone en el total de economĆa productiva del paĆs y los puestos de trabajo que de dichas empresas dependen. En nuestra opiniĆ³n deberĆa establecerse otro tipo de empresas a efectos fiscales, laborales, contables y jurĆdicos que serĆa la de lasĀ nanoempresas o miniempresas, algo mĆ”s pequeƱo que las microempresas ya recogidas en el nuevo plan contable y que deberĆanĀ gozar de muchas mĆ”s facilidades que el resto tanto en obligaciones de todo tipo como en menor carga impositiva tanto fiscal como de seguridad social. Estas nanoempresas podrĆan ser aquellas que no sobrepasarĆ”n los 10 empleados, una facturaciĆ³n de 500.000 euros anuales y una activo de 500.000 euros. Hay que tener en cuenta que actualmente las llamadas microempresas pueden ser en relaciĆ³n a otras inferiores la diferencia entre la rentabilidad, benficios y sueldos decentes, y el aguantar dĆa a dĆa. Conocemos no pocos casos de negocios que superando el millĆ³n de euros de facturaciĆ³n y no llegando al limite de 2 millones de euros podemos considerarlas Ā«empresasĀ» por funcionar como tales y otros con facturaciones que no llegan a los 500.000 euros intensivas en mano de obra en la que los promotores obtienen un sueldo en muchos casos de mileurista, mĆ”s aun en la cuyuntura actual. No nos parece que estas Ćŗltimas deban clasificarse fiscal, laboral, contable y jurĆdicamente como las primeras, ya que los costes administrativos e impositivos que soportan son iguales (Iguales tipos impositivos por beneficios, tipos de cotizaciĆ³n, obligaciones contables, etc) pero con una menor facturaciĆ³n.
Parece que los responsables de la AdministraciĆ³n desconocen queĀ un autĆ³nomo o una pequeƱa empresa si echa nĆŗmerosĀ teniendo en cuenta los costes que le suponen cumplir todas las obligaciones formales y pagar todos los impuestosĀ llega a final de mes con un sueldo que no le permitirĆa mĆ”s que pagar el prĆ©stamo hipotecario y poco mĆ”s. Ante esta situaciĆ³n no es extraƱo que algunos opten por la economĆa sumergida. A mĆ”s presiĆ³n por parte de la administraciĆ³n mĆ”s gente puede optar por esta salida. Sin embargo muchas de estas personas si se encontraran con un escenario en el que sus negocios tuvieran que hacer frente a menos cargas, aunque fuera solo con carĆ”cter temporal, probablemente optarĆan por legalizar su situaciĆ³n lo que beneficiarĆa a todos.
Siguiendo una doctrina radicalmente liberal podrĆamos llegar a la conclusiĆ³n equivocada de que las empresas que no sean rentables deberĆan desaparecer por la propia dinĆ”mica del mercado. Hablamos de conclusiĆ³n equivocada porque estas empresas cumplen laĀ funciĆ³n social de mantener a muchos autĆ³nomos, asalariados y familias que a su vez con su consumo sustentan a otras empresas. En este caso aun siendo mĆ”s vulnerables al no contar con mĆ”rgenes adecuados que les permitan, en muchos casos o al menos no anualmente la reinversiĆ³n de beneficios o la reposiciĆ³n de activos, son autosuficientes y no una fuente adicional de parados.
ĀæEs este un marco adecuado para fomentar el incremento de emprendedores o de preservar el tejido empresarial de pequeƱas empresas y autĆ³nomos que existe en EspaƱa?. Creemos que no. No decimos que no haya medidas dirigidas a ellos pero sin duda son insuficientes.
Acceder a archivo PDF con el texto completo del Plan
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