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Lograr la efectiva igualdad de género  en el mercado de trabajo es uno de los objetivos que España comparte con el resto de países de la Unión Europea. Es uno de los ejes sobre los que se apoya el programa de Fondos Next Generation y de ahí que en los últimos meses el plan de igualdad sea uno de los temas recurrentes en muchas organizaciones.

Si es la primera vez que oyes hablar sobre el plan de igualdad seguramente sea porque tu empresa tiene una plantilla inferior a 50 trabajadores y no tiene la obligación de tenerlo. No obstante, quizás te interesa conocer algo  más sobre esta materia,  e incluso puede que decidas realizarlo con carácter voluntario si el precio del plan de igualdad entra en tu presupuesto.

Si ese es tu caso, vamos a tratar de contarte en forma resumida lo que te interesa saber.

¿Qué es esto del plan de igualdad?, ¿es nuevo?

El derecho a la igualdad entre hombres y mujeres es  un principio jurídico universal reconocido en diferentes textos, entre otros en la Constitución española y en los tratados de la Unión Europea.

La existencia de situaciones de discriminación por razón de sexo ha dado lugar a que a nivel europeo se hayan aprobado diferentes normas que exigían ser transpuestas a la legislación española y a ello obedece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Es en dicha norma, que como ves ya lleva en vigor casi un lustro, donde se define el plan de igualdad como un “conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo”.

Se trata de plasmar por escrito, de forma estructurada, los objetivos de igualdad que la empresa quiere alcanzar, las acciones encaminadas hacia su consecución y el sistema de seguimiento y evaluación. Y, claro está, todo ello después de haber realizado el análisis de la situación.

¿Mi empresa debe tener un plan de igualdad?

Toda empresa tiene la obligación de garantizar la igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres y a promover condiciones de trabajo que eviten cualquier discriminación y acoso por razón de sexo, pero no todas deben tener un plan de igualdad.

En la actualidad, tras las modificaciones que sobre el plan de igualdad introdujo el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, resulta obligatorio elaborar y aplicar el plan de igualdad según el siguiente calendario:

  • Desde el 7 de marzo de 2020, para todas las empresas con una plantilla superior a 150 personas.
  • Desde el 7 de marzo de 2021, para las empresas con más de 100 personas en plantilla.
  • A partir del 7 de marzo de 2022, para las empresas con plantilla de entre 50 y 100 personas.

Y además, como se recoge en los párrafos 3 y 4 del art. 45 de la Ley  Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, es obligatorio:

  • Para cualquier empresa cuando así lo establezca el convenio colectivo, en los términos en que se prevea.
  • Para la empresa que haya sido sancionada por la inspección de trabajo con la elaboración y aplicación del plan de igualdad, en sustitución de sanciones accesorias.

Para las empresas que, sin haber sido sancionadas ni establecerlo su convenio,  no tengan más de 49 trabajadores, no es obligatorio.

¿Es obligatorio contar con un plan de igualdad para acceder a los Fondos Next Generation?¿Y para acceder al programa “Kit Digital” encuadrados dentro de estos fondos?

Según hemos comentado en este mismo artículo si eres una empresa que tenga una plantilla inferior a 50 trabajadores, en principio el plan de igualdad no es obligatorio, de acuerdo a la legislación española.

Hablando de Fondos Next Generation es cierto que genéricamente se habla que las empresas que quiera acceder a estas ayudas tendrán que acreditar que los proyectos están alineados con los cuatro ejes de actuación: transformación digital, transición ecológica, cohesión social y territorial e igualdad.

Si específicamente nos referimos a las ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, llamado abreviadamente “Programa Kit Digital” dentro de los requisitos a cumplir no aparece nada referente al Plan de Igualdad.

Estás ayudas están reguladas en la Orden ETD/1498/2021 de 29 de diciembre y los beneficiarios son empresas de menos de 50 trabajadores.

Parece lógico pensar que no siendo obligatorio el Plan de Igualdad para ellas de acuerdo a la legislación española actual, no aparezca como un requisito a cumplir. Esto no quita para que en otras líneas de ayudas o en esta misma línea, pero referida a empresas de más de 50 trabajadores, pueda requerirse el mencionado plan, a lo mejor, cuando sean subvenciones más encuadradas dentro del eje de igualdad.

Por tanto conviene consultar cada línea de ayudas completas y verificar concienzudamente cada uno de los requisitos exigidos y ponerse en manos de especialistas, ya que, puede ser un trabajo baldío el preparar toda la documentación para que luego se incumpla alguno de ellos.

Un ejemplo en cuanto a requisitos que pueden pasarse por alto es el que la empresa en cuestión no debe tener la consideración de empresa en crisis. Más de una vez esto se ha pasado por alto no pudiendo acceder finalmente a la ayuda.

Para concluir, conviene tener a mano una empresa de confianza que sepa tramitar estas subvenciones y que, llegado el caso, si fuera necesario, sea capaz de elaborar un plan de igualdad a un precio razonable, que haga rentable realmente la solicitud de la subvención de que se trate.

¿Conviene tener un plan de igualdad aunque no sea obligatorio?

Hay diferentes razones por las cuales te puede convenir ponerte a trabajar en tu plan de igualdad:

  • Te ayudará a que en tu organización se concilie la vida familiar y laboral para ambos sexos.
  • Mejorará el ambiente de trabajo y con ello la competitividad de tu empresa.
  • Contribuirá a mejorar tu valoración como empresa y conseguirás retener a las personas que ya forman parte de tu equipo y atraer nuevos candidatos.
  • Es una medida que te ayudará a cumplir con la responsabilidad social corporativa y a evitar posibles actuaciones delictivas.
  • Si trabajas con la Administración Pública y participas en licitaciones o incluso trabajas con grandes empresas privadas te puede favorecer en la ponderación de tu oferta. Cada vez es más frecuente que en la selección de proveedores se exija

¿Cuánto cuesta un plan de igualdad?

El precio final dependerá del tamaño de tu empresa, del número de centros de trabajo  y de las medidas que sea necesario implantar.

Puedes encontrar presupuestos desde 800 euros y es habitual que la propia consultora que te va a ayudar con el plan de igualdad gestione las posibles subvenciones con lo que el precio puede reducirse.

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